miércoles, 11 de noviembre de 2015

Requisitos para poder acreditar el subsidio para empleo entregado a los trabajadores (Personas Físicas)

Requisitos para poder acreditar el subsidio para empleo entregado a los trabajadores (Personas Físicas)

Quienes hagan los pagos a los contribuyentes (empleados)que tengan derecho al subsidio para el empleo,solo podrán acreditar contra el ISR a su cargo o el ISR retenido a terceros,las cantidades que entregue a los contribuyentes por dicho concepto,cuando cumplan con los siguientes requisitos:

A)Lleven los registros de los pagos por los ingresos percibidos por los trabajadores,identificando en ellos,en forma individualizada,a cada uno de ellos.

B)conserven los comprobantes en los que se demuestre el monto de los ingresos pagados a los trabajadores,el ISR que, en su caso,se haya retenido y las diferencias que resulten a favor del trabajador con motivo del subsidio para el empleo.

C) Cumplan con las obligaciones de retener el ISR,calcular el impuesto anual e inscribir en el RFC a los trabajadores,previstas en el articulo 98 LISR.

D)Conserven los escritos que les presenten los contribuyentes (trabajadores) en los que designen al patrón que les aplicara el subsidio al empleo,en su caso.

E)Presentar ante las oficinas del autorizadas,a mas tardar el 15 de febrero de cada año,declaracion proporcionando informacion de las cantidades que paguen por el subsidio para el empleo en el ejercicio inmediato anterior,identificando por cada trabajador la totalidad de los ingresos obtenidos durante el ejercicio de que se trate,que sirvio de base para determinar el subsidio para el empleo,asi como el monto de este ultimo conforme a las reglas generales que afecto expida el SAT.

F)Paguen las aportaciones de seguridad social a su cargo por los trabajadores que gocen del subsidio para el empleo que correspondan por los ingresos de que se trate.

G)Anoten en los comprobantes de pago que entreguen a sus trabajadores,por los ingresos,por prestaciones,por servicios personales subordinados, el monto del subsidio empleo identificándolo de manera expresa y por separado.

H)proporcionen a las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados constancias del monto del subsidio para el empleo que se determino durante el ejercicio fiscal correspondiente.

Fundamento Legal


Legislación Federal (Vigente al 9 noviembre de 2015)
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Subsidio para el Empleo
Artículo Décimo Transitorio

sábado, 7 de noviembre de 2015

FCH anuncia deducción de colegiaturas

contabilidad hotelera-agencias viaje

Qué son y por qué invertir en una Sociedad de Inversión?

Excel

Excel Para Recien Graduados de la Universidad Hola, como estan, no tiene mucho que sali de la universidad y me di cuenta de lo poco que me enseñaron en la escuela. ahora que estoy trabajando aprendido algunos trucos en excel que  quiero compartir con ustedes y espero que les sirva para aumentar sus conicimientos en excel o en todo caso ustedes aumenten mis conocimientos. Para empesar a los que usan la paqueteria de Aspel y bajan reportes de SAE, ya sea reportes concentrados de Facturacion,Cobranza o Antiguedad de Saldos, les mostrare los siguiente: Lo que necesitamos 1. El reporte de SAE o cualquier reporte cuya informacion sea dificil de trabajar o comprender en una hoja de calculo. 2. El Caracter Pipe ( | ) tecla Alt Gr + la tecla con el numero ( 1 )  O la tecla Alt  + 124 3. Hoja de txt. 4. El Caracter de Concatenar ( & ) shift +  la tecla numero ( 6 ) 5. Formula para saber de clientes  es nuestra informacion. Nuestro Ejemplo de reporte con informacion que no dice nada: Este es nuestro reporte el cual utilizaremos para separar la informacion en la columna del lado izquierdo ( fila A ) =IZQUIERDA(C14,1)  =SI(O(A15="A",A15="B",A15="D",A15="F",,A15="L",A15="M",A15="V"),C15,B14) estas formulas nos ayudaran a saber a que cliente pertenece nuestra informacion. Bueno como ya tenemos lo primero, que es nuestro reporte con nuestras primeras formulas haremos lo siguiente empezaremos a separar la infomarcion y para utilizaremos el caracter " PIPE " ( | ) junto con el caracter concatenar (&) mediante la siguiente formula, con la que se determinara que celdas estaran integradas con el caracter pipe, nuestra formula es la siguiente: ==SI(A14="","","|") con esta formula, las celdas que tengan algun dato se les asignara el caracter "  pipe " ( | ) para poder ordenarlas posteriormente. Esta seria la formula inicial, que solo tendremos que arrastrar segun el numero de columnas que necesitemos separar en este caso seria de la fila A a la fila P, lo que daria un resultado de 16 Columnas para lo que hariamos lo siguiente de la fila S , columna 14, ( S14 ) arrastrariamos la formula hasta la fila AH, columna 14  ( AH )para separar la informacion  contenida quedando de esta manera, esto se ve muy mal asi que ajustaremos las filas que tienen nuestra formula,seleccionandolas y dando doble click solbre la fila para que se ajusten al tamaño del caracter pipe. Nuestro siguiente paso es concatenar la informacion para ello utilizaremos este caracte ( & ) tecla shift + 6, por lo que utlilizariamos nuestra formula " PIPE " +  la formula  "=A14&Q14", este es un pequeño ejemplo por lo que tenemos que hacer es concatenar desde la columna "A" hasta la columna "N" para que quede algo asi Una ves Contatenada nuestra informacion debe de quedar la columna o de la siguiente manera: una ves que nos hemos fumado todo este choro, el siguiente paso es mandar nuestra informacion a un txt Solo vamos a copiar desde la fila donde empesamos a "contatenar" hasta la ultima fila donde colocamos nuestra formula "PIPE" esto es de la fila " O14" hasa la fila "AD"14 Ya que tenemos nuestra informacion en txt, la guardamos en ubicacion que sea facil de utilizar ya que ese archivo txt lo vamos a trabajar en excel: es importante para poder visualisar el archivo txt, en la seleccion donde dice tipo de archivo seleccionar la opcion "Todos los archivos". Bien ahora nuestros datos de tex los vamos a trabajar en excel de la siguiente manera (no hay que olvidar que estos datos deben de ir en una nueva hoja para que al momento de importar la informacion nuestros datos base desaparescan): Este es el asistente, que nos ayudara a filtrar y seleccionar nuestra informacion, le damos en la opcion siguiente: Nos aparecera esta opcion, en la  parte de la izquierda donde dice separadores: vamos a seleccion la casilla Otro:  ahi escribiremos " | " tecla Alt + 1 ( pipe ) una ves seleccionada la opcion de como se va separar nuestra informacion nos desplagara el asistente de la siguiente manera: le damos finalizar y nuestra informacion aparece en una nueva hoja de excel de la siguiente manera: Bien ahora seleccionaremos todos nuestros datos para filtrarlos segun nuestras necesidades, lo voy a filtrar y ordenar por la fila C Quedando nuestra informacion de la siguiente manera: Ya que tenemos esto hay que agregarle titulos a nuetra informacion y checar que no haya informacion desfasada que solo se necesite cortar y desplazar a otra celdas como el ejemplo siguiente: Lo unico que hay que hacer es cortar la informacion desde la letra  F y desplazarla a modo que quede igual que la informacion de arriba: ya que toda nuestra informacion esta alineado, le e puesto titulos a cada concpeto de la siguiente manera:
Clave Cte Concepto No. Factura Fecha Facturacion Fecha de pago No. Factura Cargo  Abono
Quedando de esta manera en Excel Ahora si nuestra informacion ya se ve mejor presentada,esta informacion esta estructurada como cargos y abonos para usos contables lo que seria Facturas (cargos) y Efectivo y Pagos por internet (abonos). Si notan en la parte de arriba de cargos y abonos hay unos importes, bien para estos importe sutilice la formula =SUBTOTALES(9,J4:J75), si e preguntan el del por que del  ( 9 ) es por que esta formula tiene por asi decirlo subfunciones como : Esta formula nos servira si queremos saber el total de algun cliente si la necesidad de utilizar la funcion =suma( : ) o sumar celda por celda. Bueno nuestra i Que es el caracter PIPE Se le denomina en castellano y es la barra vertical "|" que se forma para separar miembros en ciertos formatos

Caducidad de las Contribuciones

NIF C-1 EFECTIVO Y EQUIVALENTES

COMO SE UTILIZA UN PAGARE BANCARIO?

ISR PERSONAS FISICAS EN MEXICO

1. INTRODUCCIÓN: Las personas físicas residentes en Mexico, que obtengan ingresos gravados para efectos del ISR, tributan en el Titulo IV que comprende los articulos 106 al 178. Tambien son aplicables las disposiciones del RISR de los articulos 120 a 246, en lo que no contravengan a lo dispuesto en la nueva ley del impuesto sobre la renta,asi como las disposiciones de la resolucion miscelanea, que año con año se publica, y que por disposicion del articulo 35 de CFF solo crea derechos para los particulares pero no obligaciones.Tambien es necesario conocer los criterios del SAT que no son obligatorios para los particulares, aunque para la autoridad si es obligatorio aplicarlos. No se debe olvidar que el cff se aplica supletoriamente;asi, cuando la LISR no contiene alguna disposicion especifica hay que aplicar el CFF en lo conducente. Este capitulo de disposiciones generales se aplica en lo conducente a todos los capitulos del titulo IV, lo cual da una idea de su importancia. 2.SUJETOS: El articulo 1o. de la LISR establece que las personas fisicas y morales estan obligadas al pago del ISR en los siguientes casos: I. los residentes en Mexico respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicacion de la fuente de riqueza de donde procedan. II. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el pais,respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente. III. Los residentes en el extrannjero, respecto de los ingresos procedentes de fuente de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente, o cuando teninedolo, dichos ingresos no sean atribuibles a este. Como se puede observar para ser contribuyente del ISR no es necesario ser mexicano, sino lo importante es tener la residencia en el pais, o bien, que la fuente de riqueza (ingresos) este ubicada en territorio nacional. Tratandose de personas fisicas, el articulo 106 establece que son sujetos del ISR: 1. Las personas fisicas residentes en Mexico (consultar el art. 42 de la CPEUM) 2.Las personas fisicas residentes en el extranjero que realicen actividades empresariales o presten servicios personales independientes en el pais a traves de un establecimiento permanente por los ingresos atribuibles a este. (consultar el Art. 2 LISR) a su vez el CFF establece en el articulo 8o. que para los efectos fiscales se entendera por Mexico,pais y territorio nacional, lo que conforme a la CPEUM integra el territorio nacionaly la zona economica esclusiva situada fuera del mar territorial. Territorio nacional Articulo 8 del CFF y art. 42 de la CPEUM (pendiente de redactar) El articulo 9o del CFF señala a quienes se consideran residentes en territorio nacional: I. Personas fisicas: A) Las que hayan establecido su casa habitacion en mexico. Si tiene casa habitacionen otro pais se consideraresidentes en mexico, si en territorio nacional se encuentra dentro de sus intereses vitales. Se considera que el centro de intereses vitales se encuentra en territorio nacional: 1.Cuando mas del 50 por ciento de los ingresos totales en el año del calendario tengan fuente de riqueza en Mexico. 2.Cuando en el pais tengan el centro principal de sus actividades profesionales riqueza B)Las de nacionalidad mexicana que sean funcionarios del estado o trabajadores del mismo aun cuando su centro de intereses vitales se encuentre en el extranjero. No perderan la condicion de residentes en Mexico, las personas fisicas de nacionalidad mexicana que acrediten su nueva residencia fiscal eun un pais o territorio en donde sus ingresos se encuentren sujetosa un regimen fiscal preferente. No se aplica el anterior parrafo, cuando el pais en el que se acredite la nueva residencia fiscal, tenga celebrado un acuerdo amplio de intercambio de informacion tributaria con mexico. Salvo prueba en contrario, presume que las personas fisicas de nacionalidad mexicana, sonm residentes en territorio nacional. tratandose de personas fisicas, las residencia en el extranjero se acreditara ante la autoridad fiscal, mediante constancia expedida por las autoridades competentes del estado del cual son residentes. Cambio de residencia Las personas fisicas residentes en el pais que cambien su residencia durante un año de calendario a otro pais,consideraran los pagos provisionales efectuados como pago definitivo y no podran presentar declaracion anual. (art.106) 3. Ingresos Acumulables El articulo 106 señala las formas en que las personas fisicas residentes en Mexico pueden obtener sus ingresos y estos son: 1.Efectivo 2.Bienes 3.Devengado cuando asi se señale 4.Credito 5.En servicios en los casos que la ley señale 6.De cualquier otro tipo Como se puede observar, en el articulo 106 nos establece la forma en que se pueden obtener los ingresos,pero no nos señala que se entiende por ingreso para efectos de la ley del ISR. habra que analizar en concreto, en cada capitulo del Titulo IV, para saber que ingresos son los que se acumulan. 4.Partidas que no se consideran ingresos No se consideran ingresos ( articulo 106 ) los rendimientos de bienes entregados en fideicomiso, en tanto dichos rendimientos unicamente se destinen a fines cientificos,politicos o religiosos o a los establecimientos de enseñanza y a las instituciones de asistencia o de beneficiencia señalados en la fraccion III del articulo 176 de la LISR. 5.Otros ingresos Si se tienen dudas o creditos en moneda extranjera, y se obtiene ganancia cambiaria derivada de la fluctuacion de dicha moneda, se considera como ingreso la ganacia determinada conforme a lo previsto en el articulo 168 de esta ley. *Ingreso por remanente de personas morales con fines no lucrativos. *Ingresos por cantidades que se perciban para efectuar gastos por cuenta de terceros,salvo que dichos gastos sean respaldados con documentacion comprobatoria a nombre de aquel por cuenta de quien se efectua el gasto. *Ingresos en el extranjero Tratandose de ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en el extranjero, los contribuyentes no los consideran para efectos de los pagos de los pagos provisionales de este impuesto, salvo lo provisto en el articulo 113 de esta ley. Determinacion de ingresos o deducciones por operaciones con partes relacionadas Si se realizan operaciones con partes relacionadas, los contribuyentes estan obligados a determinar sus ingresos acumulables sus deducciones autorizadas,considerando,para esas operaciones,los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables. Si no se realiza lo señalado en el parrafo anteriror,las autoridades fiscales podran determinar los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas de los contribuyentes, mediante la determinacion del precio o monto de la contraprestacion en operaciones celebradas entre partes relacionadas,considerando,para esas operaciones,los precios y montos de las de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables,mediante la aplicacion de los metodos previstos en el articulo 216 de esta ley,ya sea que estas sean con personas morales,residentes en el paiso en el extranjero,asi como en el caso de las actividades realizadas a traves de fideicomisos. Lo anterior no se aplica a los contribuyentes que tributen en el regimen de pequeños, de acuerdo a la seccion III del capitulo II del titulo IV. Que es Parte Relacionada? el articulo 106 establece que se considera que dos o mas personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administracion,control o capital de la otra, o cuando una persona o un grupo de personas participe,directamente o indirectamente, en la administracion,control o en el capital de dichas personas, o cuando exista vinculacion entre ellas de acuerdo con la legislacion aduanera. por otro lado se establece que cuando se haga referencia a entedidad federativa, se entendera incluido el distrito federal. Presuncion de la existencia de un ingreso el articulo 107 de la LISR establece que cuando una persona fisica realice en el año del calendario erogaciones superiores a los ingresos que hibiere declarado en ese mismo año, las autoridades fiscales procederan como sigue: I. comprobara el monto de las erogaciones y la discrepancia con la declaracion del contribuyente y daran a conocer a este, el resultado de su comprobacion. II. el contribuyente en un plazo de quince dias,(los quince dias son habiles, es decir no cuentan los sabados, domingos ni dias festivos segun lo establece el CFF en el articulo 12.),informara por escrito a la autoridad fiscal las razones que tuviera para inconformarse o el origen que explique la discrepancia y ofrecera las pruebas que estimare convenientes, las que acompañara con su escrito o rendira a mas tardar dentro de los 20 dias siguientes.en ningun caso los plazos para presentar el escrito y las pruebas señaladas excederan en su conjunto de 35 dias. III si no se formula inconformidad o no se prueba el origen de la discrepancia, esta se estimara ingreso de los señalados en el capitulo ix en el año de que se trate y se formulara la liquidacion respectiva. el articulo 107 menciona lo que se va a considerar como erogaciones:los gastos, adquisiciones de bienes y los depositos en inverciones financieras. (falta complementar) Es muy importante tener presente este articulo, de lo contrario nos podemos hacer acreedores a que la autoridad considere como ingresos el importe de las erogaciones que hayan sido superiores a los ingresos y por lo tanto deberemos pagar el impuesto correspondiente actualizado y los recargos desde la fecha en que debiopresentarse la declaracion anual y hasta que se liquiden.ademos nos haremos acreedores a una multa y tambien podra ser considerado como delito de defraudacion fiscal segun lo dispone el articulo 109,fracción I de lCFF. El mismo articulo 107 establece que tratandose de contribuyentes que o estén obligados a presentar declaracion del ejercicio, se consideraran,para los efectos del presente articulo,los ingresos que los retenedores manifieste haber pagado al contribuyente de que se trate. Información que debe presentarse en la declaracion del ejercicio El segundo parrafo del articulo 106 señala que las personas fisicas residentes en Mexicoestan obligadas a informar, en la declaracion del ejercicio, sobre: Prestamos Donativos Premios Obtenidos en el ejercicio,siempre que estos, en lo individual o en su conjunto, excedan de 600,000.00 COPROPIETAROS Y SOCIEDAD CONYUGAL Si los ingresos derivan de bienes en copropiedad o sociedad conyugal,debe designarse a uno de los copropietarios como represante comun, el cual debera llevar los libros,expedir y recabar la documentacion que determinen llas disposiciones fiscales, conservar los libros, documentacion y cumplir con las obligaciones en materia de retencion de impuesto (articulo 108) Con relacion a la obligacion de nombrar representante comun es solo para los efectos señalados en el parrafo anterior, sin embargo cada uno de los copropietarios debera presentar sus pagos provisionales y su declaracion anual. Para efectos del IVA el articulo 32 establece que los copropietarios o los integrantes de una sociedad conyugal deben nombrar a un representante comun y sera este quien a nombre de los copropietarios o de los consortes,cumpla con las obligaciones. El articulo 123 del RISR señala que los ingresos que deriven de otrogar el uso o goce temporal o de la enajenacion de bienes, cuando dichos bienes estan en copropiedad o pertenezcan a los integrantes de una sociedad conyugal, las declaraciones deberan presentarse por cada uno de los copropietarios o conyuges por la parte de ingresos que les correspondan. En estos casos cada contribuyente podra deducir la parte proporcional de las deducciones relativas al periodo por el que presenta la declaracion. SUCESIÓN El ultimo parrafo del articulo 108 señala que el representante legal de la sucesion pagara en cada año del calendario el impuesto por cuenta de los herederos o legatarios,considerando el ingreso en forma conjunta,hasta que se haya dado por finalizada la liquidacion de la sucesion. El pago efectuado en esta forma se considerara como definitivo,salvo que los herederos o legatarios opten por acumular los ingresos respectivos que les correspondan, en cuyo caso podran acreditar la parte proporcional del impuesto pagado. Al efecto, el articulo 124 RISR señala que sera el representante comun quien efectue los pagos provisionales del impuesto y presente la declaracion anual correspondiente,considerando los ingresos y deducciones en forma conjunta. Los Herederos y legatarios podran optar por acumular a sus demas ingresos del ejercicio los que les correspondadn por la sucesion,igualmente podran acreditar el impuesto pagado por el representante de la misma, en igual proporcion que les corresponda de los ingresos en la sucesion. Efectuada la liquidacion el representante ,los herederos o legatarios que no hubieren ejercido la opcion señalada en el parrafo anterior, podran presentar declaracion complementaria por los cinco ejercicios anteriores a aquel en que se efectuo la liquidacion, en su caso,acumulado a sus demas ingresos la parte proporcional de ingresos que les haya correspondido de la sucesion por dichos ejercicios y pudiendo acreditar la parte proporcional del impuesto pagado en cada ejercicio por el representante de la sucesion. Los ingresos que se acumulen provenientes de la sucesion se consideraran que provienen por los conceptos de los cuales los obtuvo la sucesion. (resumen articulo 27 del CFF y 23 del RCFF art. 1679 a 1749 codigo civil df y edomex) INGRESOS EXENTOS El articulo 109 señala los ingresos por los que no se pagara el ISR. En este capitulo haremos una enumeracion de ellos, puesto que aquellos aplicables a cada capitulo del titulo IV seran tratados en este libro con mas detalle en el capitulo respectivo. (concepto de exención de impuestos) Los ingresos por los que no se pagara el ISR que enumera el 109 son: I. Las prestaciones distintas del salario que reciban los trabajadores del salario minimo,calculadassobre la base de dicho salario,cuando no excedan de los minimos señalados por la legislacion laboral. II.El tiempo extraordinario que no exceda de tres horas diarias ni mas de tres veces a la semana como lo establece la Ley Federal del Trabajo en su articulo 66. Ejemplo Un trabajador de salario minimo que trabaja las siguientes horas extra: Lunes 3 Horas exentas Martes 1 Hora exenta Miércoles 4 Horas exentas solo 3 horas y 1 hora gravada Viernes 2 Horas gravadas Total 10 horas 7 horas exentas y 3 horas gravadas El pago de la hora extra del miercoles que no queda exenta por exceder el limite permitido por la LFT, se acumulara a los ingresos por salarios y se le calculara el ISR al igual que las 2 horas trabajadas el viernes por haber laborado horas extra mas de tres dias a la semana. III. La prestacion de servicios en los dias de descanso sin disfrutar de otros en sustitucion. Segun la LFT cuando un trabajador labore en su dia de descanso sin disfrutar de otro en sustitucon, se pagara al doble (articulo 73 LFT) Resumen (articulo 73 LFT) Ejemplo El señor Luis Trabaja para la empresa La Continental,S.C. de lunes a sabado. por necesidades de la empresa tuvo que trabajar el domingo. Su salario diario es de $50.00. En este caso el señor Luis se le pagara por trabajar el domingo $100.00,pero como ademas trabajo en domingo, que es su dia de descanso,es necesario pagarle la prima dominical,segun lo establece el articulo 71 de la LFT y que es un 25 %sobre el salario de los dias ordinarios de trabajo. Para los trabajadores que ganen mas del salaraio minimo de su zona economica, solo estara exento el 50% de los pagos recibidos por horas extra y el pago del dia de descanso laborado sin gozar de otro en sustitucion, que no excedan del limite establecido en la LFT Y SIN que esta exencion exceda del equivalente de 5 veces el salario minimo general del area geografica del trabajador por cada semana de servicios. Ejemplo Un trabajador percibe como sueldo el equivalente de 3 salarios minimos y trabajo las siguientes horas extra: Lunes 1 Hora exento 50% del pago Martes 3 Horas exento 50% del pago Jueves 3 Horas exento 50% del pago Total 7 horas 7 horas exentas al 50% 4. Las indemnizaciones por riesgos o enfermedades,que se concedan de acuerdo con las letyes,por contratos colectivos de trabajo o por contratos ley. 5.Las jubilaciones,pensiones,haberes de retiro,asi como las pensiones vitalicias u otras formnas de retiro,provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro,cesantia de edad avanzada y vejez, previstas en la ley del IMSS y la del ISSSTE,en los casos de invalidez,incapacidad,cesantia,vejez,retiro y muerte,cuyo monto diario no exceda de 9 veces el salario minimo general del area geografica del contribuyente.Por el excedente se pagara el ISR. El articulo 125 del RISR señala que las pensiones,jubilaciones y haberes de retiro no pierden su caracter aun cuando las partes convengan en sustituir la obligacion periodica por la de uno o varios pagos. Ejemplo Un trabajador percibe como pension de retiro diariamente el equivalente a 10 salarios minimos de su are a geografica. En este caso estaran exentos 9 dias de salario y el otro dia quedara gravado. 6.Los reembolsos de gastos medicos,dentales,hospitalarios y de funeral,que se concendan de manera general,de acuerdo con las leyes o contratos de trabajo. Aqui no hay limite. 7.Las prestaciones de seguridad social que otorguen las instituciones publicas. por ejemplo la canastilla que otorga el IMSS a las madres o la leche para los niños de las trabajadoras o beneficiarias 8.Los percibidos con motivo de subsidio por incapacidad,becas educacionales para los trabajadores o sus hijos,guarderias infantiles,actividades culturales y deportivas, y otras prestaciones de prevision social, de naturaleza analoga, que se concedan de manera general, de acuerdo por las leyes o contratos de trabajo. Ejemplo Un trabajador que gana 6 salarios minimos y sufre un accidente de trabajo.durantetodo el tiempo que el trabajador se encuentre incapacitado, el patronle paga al trabajador el 90 % de su salario, independientemente de los pagos que le haga el IMSS al trabajador. En este caso mientras dure su incapacidad, los ingresos que perciba el trabajador no se gravaran. Por lo que se refiere a las becas, el articulo 137 del RISR señala que se consideraran ingresos por la prestacion de un servicio personal subordinado, el importe de las becas a personas que hubieran asumido la obligacion de prestar servicios a quien otorga la beca,asi como la ayuda o compensacion por renta de casa,transporte o cualquier otro concepto que se entregue en dinero o en bienes, sin importar el nombre con el que se le designe. A partir del primero de enero de 2003, la ley del ISR, en su articulo 8o. nos da el concepto de prevision social,considerando como tal las erogaciones efectuadas por los patrones a favor de sus trabajadores que tengan por obeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras, asi como el otorgar beneficios a favor de dichos trabajadores,tendentes a superacion fisica,social,economica o cultural, que les permitan el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia. Limitacion a la prevision social A su ves el penultimo parrafo del articulo 109 establece que la exencion a los gastos de prevision se limitara cuando la suma de los ingresos por la prestacion de servicios personales subordinados y el monto de la exencion exceda de una cantidad equivalente a siete veces el salario minimo general del area geografica del contribuyente, elevada al año, cuando dicha suma exceda de la cantidad citada,solamente se considerara como ingreso no sujeto al pago del impuesto un monto hasta de un salario minimo general del area geografica del contribuyente,elevado al año. Esta limitacion en ningun caso debera dar como resultado que la suma de los ingresos por la prestacion de servicios personales subordinados y el importe de la excencion,sea inferior a siete veces el salario minimo general del area geografica del contribuyente, elevada al año. No aplica la limitación Lo dispuesto en el parrafo anterior,no sera aplicable tratandose de jubilaciones,pensiones haberes de retiro,pensiones vitalicias,indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades, que se concedan de acuerdo con las leyes,contratos colectivos de trabajo o contratos ley,reembolsos, gastos medicos,dentales,hospitalarios y de funeral, concedidos de manera general de acuerdo con las leyes o contratos de trabajo,seguros de gastos medicos, seguros de vida y fondos de ahorro, siempre que se reunan los requisitos establecidos en la fraccion XII del articulo 31 de esta ley,aun cuando quien otorgue dichas prestaciones de prevision social no sea contribuyente del impuesto establecido en esta ley. 9.La entrega de las aportaciones y sus rendimientos provenientes de la subcuenta de vivienda de la cuenta individual prevista en la LSS, de la subcuenta del fondo de la vivienda de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro, prevista en la LISSSTe o del fondo de la vivienda para los miembros del activo del ejercito,fuerza aerea y armada, previsto en la ley en el instituto del seguridad social para las fuerzas armadas mexicanas asi como las casas-habitacion proporcionadas a los trabajadores,inclusive por las empresas cuandose reunan los requisitos de deducibilidad del Titulo II o ,en su caso, de este Titulo. Resumen 141 LFT Resumen Articulo 36,40,42 ley infonavit 10.Los provenientes de cajas de ahorro de trabajadores y de fondos de ahorro establecidos por las empresas cuando reúnan los requisitos de deducibilidad del Titulo IIo, en su, caso de este Titulo. Resumen Art. 127 RISR 11.La cuota de seguridad social de los trabajadores pagada por los patrones Ejemplo: Tratándose de las cuotas del IMSS el trabajador paga una parte y el patron la otra, excepto tratandose de trabajadores de salario mínimo en cuyo caso el patron pagara tanto la cuota patronal como la del trabajador.Hay ocasiones que los contratos colectivos de trabajo establecen, como una prestacion para los trabajadores, que sea el patron el que cubra la cuota obrera y patronal del IMSS. En este caso la cuota obrera que paga el patron por el trabajador esta excenta del ISR para el trabajador , a pesar de que no se trate de trabajadores que perciban el salario minimo. Resumen de los articulos 29;fracc VIII y 123-VI LISR 12. los que obtengan las personas que han estado sujetas a una relacion laboral en el momento de su separacion,por concepto de primas de antiguedad,retiro indemnizaciones u otros pagos,asi como los obtenidos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o a la subcuenta de retiro , cesantia en edad avanzada y vejes, previstas e la LSS y los que obtengan los trabajadores al servicio del estado,hasta el equivalente de 90 veces el salario minimo general del area geografica del contribuyente por cada año de servicio o de contribucion en el caso de la subcuenta del seguro retiro, de la subcuenta de retiro, cesantia en edad avanzada y vejez o de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro.Los años de servicio sean los que se le hubieran considerando para el calculo de los conceptos mencionados.Toda fraccion de mas de seis meses se considerara un año completo. Por el excedente se pagara el impuesto en los terminos de este titulo. Ejemplo El señor luis fue separado de su empleo, la empresa lo indemniza con 600 dias de salario. El salario diario de luis era el minimo y tenia 5 años de antiguedad. Calculo de la exencion: 5 años por noventa dias de SMGAG por cado año de servicio = 450 dias En esta caso,los ingresos de luis por indemnizacion estan exentos por el equivalente a 450 dias, y los otros 150 dias quedaran gravados. Resumen articulo 50 LFT 13. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante de un año de calendario, hasta por equivalente del smgagdel trabajador elevado a 30 dias, cuando dichas gratificacionesse otorguen en forma general. El articulo 128 el RISR señala que en el caso de que la gratificacion sea inferior al monto equivalente al salario minimo general del area geografica (SMGAG) del trabajador elevada a 30 dias, no pagara el impuesto hasta por el monto de la gratificacion otorgada aun cuando se calcule sobre un salario superior al minimo. Ejemplo Luis recibio como aguinaldo la cantidad de 45 dias de salario minimo.En este caso solo estaran exentos 30 dias del aguinaldo,los otros 15 dias causaran el ISR: 14. Las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la PTU hasta por equivalente de 15 dias de smgag del trabrajador por cada uno de los conceptos. Ejemplo Luis Percibio 52 dias de SMGAG por concepto de PTU y 6 dias de SMGAG de prima vacacional. En este caso estaran exentos 15 dias de SMGAG de PTU y 6 dias de prima vacacional. 15.Las primas Dominicales hasta por el equivalente de 1 SMGAG por cada domingo que labore. resumen de articulos 71,80,90 a 93 y 117 a 131 LFT 16. CONTINUARA

Personas Fisicas

viernes, 6 de noviembre de 2015

Formas legales a través de de la cuales se otorga el uso o goce temporal de bienes

Artículos del código civil federal

Libro Segundo De los Bienes
Título Segundo Clasificación de los Bienes
Capítulo I De los Bienes Inmuebles 

BIENES INMUEBLES
ARTICULO 750. SON BIENES INMUEBLES:

I. EL SUELO Y LAS CONSTRUCCIONES ADHERIDAS A EL;

II. LAS PLANTAS Y ARBOLES, MIENTRAS ESTUVIEREN UNIDOS A LA TIERRA, Y LOS FRUTOS PENDIENTES DE LOS MISMOS ARBOLES Y PLANTAS MIENTRAS NO SEAN SEPARADOS DE ELLOS POR COSECHAS O CORTES REGULARES;

III. TODO LO QUE ESTE UNIDO A UN INMUEBLE DE UNA MANERA FIJA, DE MODO QUE NO PUEDA SEPARARSE SIN DETERIORO DEL MISMO INMUEBLE O DEL OBJETO A EL ADHERIDO;

IV. LAS ESTATUAS, RELIEVES, PINTURAS U OTROS OBJETOS DE ORNAMENTACION, COLOCADOS EN EDIFICIOS O HEREDADES POR EL DUEÑO DEL INMUEBLE, EN TAL FORMA QUE REVELE EL PROPOSITO DE UNIRLOS DE UN MODO PERMANENTE AL FUNDO;

V. LOS PALOMARES, COLMENAS, ESTANQUES DE PECES O CRIADEROS ANALOGOS, CUANDO EL PROPIETARIO LOS CONSERVE CON EL PROPOSITO DE MANTENERLOS UNIDOS A LA FINCA Y FORMANDO PARTE DE ELLA DE UN MODO PERMANENTE;

VI. LAS MAQUINAS, VASOS, INSTRUMENTOS O UTENSILIOS DESTINADOS POR EL PROPIETARIO DE LA FINCA DIRECTA Y EXCLUSIVAMENTE A LA INDUSTRIA O EXPLOTACION DE LA MISMA;

VII. LOS ABONOS DESTINADOS AL CULTIVO DE UNA HEREDAD, QUE ESTEN EN LAS TIERRAS DONDE HAYAN DE UTILIZARSE, Y LAS SEMILLAS NECESARIAS PARA EL CULTIVO DE LA FINCA;

VIII. LOS APARATOS ELECTRICOS Y ACCESORIOS ADHERIDOS AL SUELO O A LOS EDIFICIOS POR EL DUEÑO DE ESTOS, SALVO CONVENIO EN CONTRARIO;

IX. LOS MANANTIALES, ESTANQUES, ALJIBES Y CORRIENTES DE AGUA, ASI COMO LOS ACUEDUCTOS Y LAS CAÑERIAS DE CUALQUIERA ESPECIE QUE SIRVAN PARA CONDUCIR LOS LIQUIDOS O GASES A UNA FINCA, O PARA EXTRAERLOS DE ELLA;

X. LOS ANIMALES QUE FORMEN EL PIE DE CRIA EN LOS PREDIOS RUSTICOS DESTINADOS TOTAL O PARCIALMENTE AL RAMO DE GANADERIA; ASI COMO LAS BESTIAS DE TRABAJO INDISPENSABLES PARA EL CULTIVO DE LA FINCA, MIENTRAS ESTAN DESTINADAS A ESE OBJETO;

XI. LOS DIQUES Y CONSTRUCCIONES QUE, AUN CUANDO SEAN FLOTANTES, ESTEN DESTINADOS POR SU OBJETO Y CONDICIONES A PERMANECER EN UN PUNTO FIJO DE UN RIO, LAGO O COSTA;

XII. LOS DERECHOS REALES SOBRE INMUEBLES;

XIII. LAS LINEAS TELEFONICAS Y TELEGRAFICAS Y LAS ESTACIONES RADIOTELEGRAFICAS FIJAS.
(REFORMADA MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 24 MAYO 1996)

Libro Segundo De los Bienes
Título Quinto Del Usufructo, del Uso y de la Habitación
Capítulo I Del Usufructo en General 
Usufructo

ARTICULO 980. EL USUFRUCTO ES EL DERECHO REAL Y TEMPORAL DE DISFRUTAR DE LOS BIENES AJENOS.


Libro Segundo De los Bienes
Título Quinto Del Usufructo, del Uso y de la Habitación
Capítulo IV De los Modos de Extinguirse el Usufructo

EL USO

ARTICULO 1049. EL USO DA DERECHO PARA PERCIBIR DE LOS FRUTOS DE UNA COSA AJENA, LOS QUE BASTEN A LAS NECESIDADES DEL USUARIO Y SU FAMILIA, AUNQUE ESTA AUMENTE

LA HABITACIÓN

ARTICULO 1050. LA HABITACIÓN DA, A QUIEN TIENE ESTE DERECHO, LA FACULTAD DE OCUPAR GRATUITAMENTE, EN CASA AJENA, LAS PIEZAS NECESARIAS PARA SI Y PARA LAS PERSONAS DE SU FAMILIA.

Libro Cuarto De las Obligaciones
Parte Segunda De las Diversas Especies de Contratos
Título Decimoprimero De las Asociaciones y de las Sociedades
II. De las Sociedades
Capítulo VII De la Aparcería Rural 

LA APARCERIA

ARTICULO 2741. TIENE LUGAR LA APARCERIA AGRICOLA, CUANDO UNA PERSONA DA A OTRA UN PREDIO RUSTICO PARA QUE LO CULTIVE, A FIN DE REPARTIRSE LOS FRUTOS EN LA FORMA QUE CONVENGAN, O A FALTA DE CONVENIO, CONFORME A LAS COSTUMBRES DEL LUGAR; EN EL CONCEPTO DE QUE AL APARCERO NUNCA PODRA CORRESPONDERLE POR SOLO SU TRABAJO MENOS DEL 40% DE LA COSECHA.

ARTICULO 2752. TIENE LUGAR LA APARCERIA DE GANADOS CUANDO UNA PERSONA DA A OTRA CIERTO NUMERO DE ANIMALES A FIN DE QUE LOS CUIDE Y ALIMENTE, CON EL OBJETO DE REPARTIRSE LOS FRUTOS EN LA PROPORCION QUE CONVENGA.

Libro Cuarto De las Obligaciones
Parte Segunda De las Diversas Especies de Contratos
Título Sexto Del Arrendamiento
Capítulo I Disposiciones Generales

EL ARRENDAMIENTO

ARTICULO 2398. HAY ARRENDAMIENTO CUANDO LAS DOS PARTES CONTRATANTES SE OBLIGAN RECIPROCAMENTE, UNA, A CONCEDER EL USO O GOCE TEMPORAL DE UNA COSA, Y LA OTRA, A PAGAR POR ESE USO O GOCE UN PRECIO CIERTO.

EL ARRENDAMIENTO NO PUEDE EXCEDER DE DIEZ AÑOS PARA LAS FINCAS DESTINADAS A HABITACION Y DE VEINTE AÑOS PARA LAS FINCAS DESTINADAS AL COMERCIO O A LA INDUSTRIA.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 JULIO 1993)

ARTICULO 2399. LA RENTA O PRECIO DEL ARRENDAMIENTO PUEDE CONSISTIR EN UNA SUMA DE DINERO O EN CUALQUIERA OTRA COSA EQUIVALENTE, CON TAL QUE SEA CIERTA Y DETERMINADA.

ARTICULO 2400. SON SUSCEPTIBLES DE ARRENDAMIENTO TODOS LOS BIENES QUE PUEDEN USARSE SIN CONSUMIRSE; EXCEPTO AQUELLOS QUE LA LEY PROHIBE ARRENDAR Y LOS DERECHOS ESTRICTAMENTE PERSONALES.

Libro Cuarto De las Obligaciones
Parte Segunda De las Diversas Especies de Contratos
Título Séptimo Del Comodato

EL COMODATO

ARTICULO 2497. EL COMODATO ES UN CONTRATO POR EL CUAL UNO DE LOS CONTRATANTES SE OBLIGA A CONCEDER GRATUITAMENTE EL USO DE UNA COSA NO FUNGIBLE, Y EL OTRO CONTRAE LA OBLIGACION DE RESTITUIRLA INDIVIDUALMENTE.